SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos JORGE FELIX GOYO RODRIGUEZ y MARIA LOURDES FIGUEROA MARIN, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren, Estado Lara , en fecha 03 de octubre de 1997, acta número 373, folio 374 Vto.,, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1997.-