DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por a parte demandada.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano NELSON MARTIN GAMEZ contra la empresa GHELLA SOGENE, C.A.; en consecuencia, se ordena a la demandada a pagar al actor la cantidad de Bs. 45.087,84 de conformidad con el artículo 130 ordinal de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y la cantidad de Bs. 20.000,00 por concepto de daño moral