Por todos los argumentos expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: Declara formalmente ejecutoriada la sentencia sancionatoria dictada contra al adolescente IDENTIDAD OMITIDA de la sanción que les corresponde según sentencia dictada en fecha 29/08/2013 y publicada en fecha 20/09/2013 por el Tribunal 1° de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente mediante el cual fue sancionado por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en concordancia con el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA y sancionado en el articulo 628 segundo parágrafo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, siendo la misma: MEDIDA de PRIVACION DE LIBERTAD, prevista en el artículo 620 literal.....