DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL en contra del adolescente OMISIS, así como los medios de prueba ofrecidos en su escrito correspondiente
SEGUNDO: SE SANCIONA al adolescente OMISIS; conforme con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a cumplir UN (1) AÑO con medidas de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, previstas en el artículo 620 literales "b" y "d" ejusdem, de manera simultánea; por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVID.....