En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confieren la Ley y el derecho; Declara:
PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentado el ciudadano PABLO JAIR GAMBOA BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.048.755, de este domicilio en contra de VENINVER VENEZOLANA DE INVERSIONES C.A.
SEGUNDO: Se exonera en costas a la parte demandante