/Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena bajo la Formula Alternativa del Cumplimiento de la Pena, (LIBERTAD CONDICIONAL), del penado: EDGAR RAMON LOZADA CHUELLO, quien fue condenado a cumplir la pena de DIECISÉIS (16) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, contemplado en el artículo 406 ordinal 01 del Código Penal vigente, así como las accesorias del artículo 16 del Código Penal. Particípese lo conducente al Jefe de la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Nº 3, con atención a la Abog. NORINGE MORENO, en su condición de Delegado de Prueba y remítase copia de la presente resolución. Notifíquese a la Fisc.....