éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano Fegd Yazzan Farhat, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.698.916, de 56 años de edad, estado civil casado, natural del Tigre, Estado Anzoategui; nacido en fecha 29-07-1957, de profesión u oficio comerciente, hijo de Zahia Farhat y Farjan Yazzan, teléfono: 0424-8373599, y domiciliado en la avenida Bermúdez con calle Roja, Edificio Yazzan, piso 1, apartamento 3, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Auriber Teresa Osorio Licet; imponiéndole como condiciones por el plazo de un (01) año, las siguientes: PRIMERO: Cumplimiento de las medidas de protección y segurid.....