PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora.
SEGUNDO: Se declara, sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el tercero llamado a la causa y se confirma el fallo recurrido en todas sus partes.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada las características del fallo.
CUARTO: Se ordena notificar de la presente decisión al Procurador General de la República.
Dictada en Barquisimeto, estado Lara, el 23 de mayo del 2019. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, que deberá emitirse del Juris 2000, cuyas actuaciones se presumen ciertas, conforme a la jurisprudencia de las diversas Salas del Tribunal Supremo de Justicia.