este Tribunal de Juicio ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se acuerda lo solicitado por las partes, esta juzgadora sustituye la medida de privación de libertad e impone medida de Detención domiciliaria a los adolescentes (RESERVADO), la cual cumplirán cada uno en su propio domicilio, para lo cual se acuerda oficiar a las FAP, a los fines que designen a los funcionarios encargados de vigilar la medida. Líbrese las respectivas boletas, notificaciones y oficios. Es todo. Terminó, se leyó y conforme.