III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada en el recurso contencioso administrativo de nulidad, por el abogado Omar Lisandro Cordero Brandy, identificado supra, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ALMACENADORA NUEVA SEGOVIA, C.A., ya identificada, contra los actos administrativos contenidos en las Providencias Administrativas Nros. 698, 699 y 701, de fecha 22 de julio de 2010, y las Planillas de Liquidación de Multa Nros 744, 745 y 746, emanadas de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, SEDE "PEDRO PASCUAL ABARCA".
En consecuencia, se ORDENA suspender los efectos de la Providencia Administrativa Nro. 698, de fecha 15 de junio de 20.....