Por los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de excusa planteada en la presente causa por el ciudadano RODOLFO ALBERTO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nro 5.884.213, de conformidad con el artículo 151 numeral 4° del Código Orgánico Procesal penal.