En la presente acta EUNIFRANCIS ARISTIMUÑO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 14.008.549, actuando en mi carácter de JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, según designación de fecha 06 de Mayo de 2011 por la Comisión Judicial del Estado Sucre, revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente acción, que por AMPARO CONSTITUCIONAL sigue la ciudadana FRANCY CECILIA GARCIA HENRIQUEZ, asistida judicialmente por el abogado en ejercicio JORGE GHAZAL EL BAR ISSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.259, contra la sociedad mercantil FRIGORIFICO MISTER CARNE, C.A, procedo, de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a INHIBIRME del presente asunto, por estar incursa en el articulo 31 numeral 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece:
"Por tener el inhibido o el recusado.....