|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 23/07/2007 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
KP01-P-2006-005516
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 23/07/2007 |
Procedimiento: Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena |
Partes: PENADO: MELQUÍADES BENITO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ |
Resumen:
D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el artículo 493 ejusdem, OTORGA al penado MELQUÍADES BENITO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° 21.143.950, el BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de UN (01) AÑO contado a partir de su primera presentación a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, quedando sometido a las condiciones descritas en la parte motiva de la presente decisión. Se ratifica el cese de la medida de coerción personal que pesa contra el penado, quien continúa co.....
|
Juez/Ponente:
Carmen Teresa Bolivar Portilla
|
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
|
N° Expediente :
KP02-R-2006-001437
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 23/07/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: DEMANDANTE: JUAN CARLOS MURRIETA, DEMANDADA: MAYOREP C.A Y AUTO REPUESTOS LARA C.A. |
Resumen:
En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano Franklin Amaro, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 32.784 y de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 27 de noviembre de 2006.
En consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida.
|
Juez/Ponente:
Wiliam Ramos
|
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo
|
N° Expediente :
KP02-L-2007-000624
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 23/07/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: YILENNYS DORANTE VS HOTEL MILENIUM C.A. Y OTROS |
Resumen:
Siguiendo en este orden de ideas, el artículo 130 Eiusdem, contiene una carga de comparecencia, cuyo incumplimiento, por parte del demandante, trae como consecuencia el desistimiento del procedimiento, el cual se traduce en la extinción del proceso, no pudiendo la parte actora volver a proponer la demanda antes que transcurra noventa (90) días continuos, contados a partir de la publicación de la sentencia oral que se dicte al efecto. (Negrillas del Tribunal)
Por lo precedentemente expuesto, este Tribunal declara desistido el presente procedimiento y terminado el proceso, a tenor de lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así se establece.
|
Juez/Ponente:
José Tomas Alvarez Mendoza
|
Organo:
Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
|
N° Expediente :
KP02-S-2006-002151
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 23/07/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: PARTE DEMANDANTE: JOSÉ SEGUNDO NOGUERA BORAURE; PARTE DEMANDADA: CONPROVEN, C.A. |
Resumen:
Así las cosas, y tejido al hilo de los razonamientos precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente con Lugar la solicitud de Calificación de Despido intentada por José Segundo Noguera Boraure contra Conproven y el ciudadano Freddy Coury; se condena a la demandada al pago de los salarios caídos del trabajador desde la fecha de la notificación del demandado, es decir, desde el 11 de Septiembre del 2006, hasta que quede firme el presente fallo, tomando para dicho calculo el salario devengado por el trabajador de Bs. 262.500,00 semanales, debiendo someterse el calculo de los conceptos aquí condenados, a experticia complementaria del fallo, una vez quede firme la presente decisión. Así se decide.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo.....
|
Juez/Ponente:
Ruben de Jesús Medina Aldana
|
Organo:
Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo
|
|
|
|
|