Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal; procede a MODIFICAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, e imponiendo la contenida en el ordinal 2º del 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por CUSTODIA DE DOS FAMILIARES a favor del ciudadano JOSE GREGORIO CANDELA QUINTERO venezolano, natural de Mene grande Estado Zulia, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 10-10-79, titular de la cedula N° V-17.346.636 hijo de Carlos Quintero (V) y María Candela (V), profesión u oficio Albañil, grado de instrucción básico residenciado quinta avenida en nagunagua los próceres Estado Carabobo; teléfono:0426-9167440, asimismo este tribunal en este acto ordenara de manera inmediata trasladar al .....