Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: La Cesación de las medidas de Libertad asistida y reglas de conducta impuestas a "OMISSIS", por la comisión de los delitos de: Robo Agravado Y Homicidio Intencional En Grado De Frustración, tipificado en los artículos 458 y 405, en relación con el artículo 80 todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Isidro Antonio Lezama. y con lugar las copias solicitadas por las partes. Líbrese oficio a la Directora del Centro Socio Educativo informándole sobre la presente decisión Archívese en su debida oportunidad. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Jennys Mata H.