Por los argumentos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en funciones Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara incompetente para conocer de la presente causa penal instruida en contra del Ciudadano RUBEN DARIO MARTINEZ SUAREZ, quien es venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 11.103.201, nacido en fecha 08-10-67, soltero, natural del estado Portuguesa y residenciado en el sector kilómetro sesenta, barrio Santa Rosa, calle principal, casa s/n, de la Población de Tucacas del Estado Falcón, por razones de territorio, y en consecuencia, declina el conocimiento del presente asunto a los Tribunales de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Tucacas; todo de conformidad con lo señalado en el artículo 57 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 61 .....