Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir la acción de amparo incoada por las ciudadanas Maria Francisca Granadillo Martínez, Lewis Alfonso Torrealba y Danis Valentín Zerpa representantes del CONSEJO COMUNAL YAY, contra la decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA mediante el cual decretó a favor de los ciudadanos Pedro José Castañeda, Raúl Ramón Silva y Adrián Antonio Castañeda, Medida Cautelar Anticipada de Protección a la Actividad Agroproductiva.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA ante el Tribunal Superior Tercero Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara.
TERCERO: Remítase inmediatamente el presente expediente, de conformida.....