Este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, TERMINADO EL PROCESO.
Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Veinticinco (23) días del mes de septiembre del año 2005, Años 195° y 146°.
LA JUEZ,
Abg. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ.
EL SECRETARIO,
Abg. Astrid Gonzalez
En la misma fecha se publicó la presente sentencia EXPEDIENTE GPO2-L-2004- 001377 siendo las 3.....