Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MANTIENE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en contra del ciudadano ROBINSON JOSÉ LIZCAINO LÓPEZ, suficientemente identificado en actas, con fundamento en los artículos 264, 244, 250, del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.-