DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 numeral 1 Ejusdem, seguida al ciudadano que en vida respondiera al nombre de: QUIRICO JOSE DELGADO OROPEZA, titular de la cedula de identidad N° V- 9.551.410, por la presunta comisión del delito de OBTENCION ILICITA DE LUCRO Y ESTAFA, previsto y sancionado en los artículos 72 de la Ley Contra la Corrupción y el articulo 462 del Código Penal Vigente.
Todo de conformidad con el contenido de los artículos 318, numeral 3ero y 48 numeral 1ero del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese al Ministerio Público, Defensa, familiares del imputado, víctimas.- Ofíciese al Consejo Nacional Electoral a.....