En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declina La Competencia de la presente causa seguida al sancionado Domingo xxxxxx, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.109.508, soltero, hijo xxxxxxx, natural de Cumaná, nacido en fecha xxxxx, de ocupación obrero, residenciado en xxxxxx; quien fue sancionado a cumplir un (01) año de las medidas de reglas de conducta y libertad asistida de manera simultánea, por la comisión del delito de robo agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxx y ordena remitir en su estado original al Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en la ciudad de Barcelona, a los fines de la ejecución de la sanció.....