PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, en su condición de apoderada judicial de los querellantes, ciudadanos EMILIANO NIÑO CORREA y ÁNGELO RAMÓN GUERRERO CARRIZO, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, en fecha 17 de agosto de 2011, que declaró inadmisible la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el recurrente, de conformidad con el artículo 6 ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: A tenor de lo dispuesto en el ordinal 5º del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional propuesta por los ciudadanos EMILIANO NIÑO CORREA y ÁNGELO RAMÓN GUERRERO CARRIZO, contra la decisión de expulsión del segundo de los nombrados, quien es.....