Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación incoado por el ciudadano Jorge Rodríguez, quien actúa en su condición de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN MARÍN, ya identificados, contra la sentencia de fecha 10 de noviembre de 2009, dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto.
TERCERO: ANULA la sentencia de fecha 10 de noviembre de 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
CUARTO: Se declara SIN LUGAR el interdicto por despojo incoado .....