Por las razones antes expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara, CON LUGAR, la demanda de DESALOJO y COBRO DE CANONES INSOLUTOS, intentada por la ciudadana NORKA JOSEFINA CAMACHO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad Nº V-9.853.055, de este domicilio, asistida por el Abogado RONALD GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 125.518, de este domicilio, en contra de la ciudadana NUBIA ROSA RODRIGUEZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V 15.565.154 y se condena a esta última a entregarle a la primera totalmente libre de personas y cosas el inmueble, consistente en un Local Comercial, ubicado en la Avenida Venezuela esquina Calle Mérida Nº 04-04, de esta Ciudad de Carora, Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del Estado Lara y a pagarle la suma de BOLIVARES VEINTIO.....