Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en Sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana: YSABELINA ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.067.812, declarándola CONCUBINA en vida del ciudadano: FRANCISCO ALEXIS VALERA ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.239.083, unión estable de hecho que se inició el día 14 de Abril del 1982 y se mantuvo hasta el día 10 de Noviembre de 2020.
Confiriéndole el Tribunal a la concubina todos los efectos de la sentencia vinculante proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 15-07-2015, ut supra citada. Así se establece.
Expídase copia certificada de la pres.....