Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR, la Apelación formulada por la abogado BEATRIZ DE BENÍTEZ, la cual está inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°: 30.898, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 31 de Julio de 2007, en la cual se declaro DESISTIDA la causa (sic).
CONFIRMADA la decisión Recurrida, que lo es el desistimiento del procedimiento. .
No hay condenatoria en Costas en virtud de la naturaleza de la apelación propuesta.
Se ordena la remisión del expediente al Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejec.....