Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 06 de marzo de 2007, por la abogada Livia Rodríguez de Markin, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 27 de febrero de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró INADMISIBLE la demanda interpuesta por los ciudadanos LIVIA MARIALIS VARGAS DE PERAZA y JOSE ELISAAC PERAZA VARGAS, contra el ciudadano GERARDO PERAZA ARRAIZ. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Queda así REVOCADO el fallo recurrido.