Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a favor del adolescente Identidad Omitida, antes identificado, el CESE de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, y en relación a la sanción de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, determino a través de COMPUTO realizado que ha cumplido con la sanción por el lapso de ONCE (11) MESES faltándole por cumplir de dicha sanción un lapso de UN (1) AÑO y UN (1) MES; en consecuencia se ordenan practicar las notificaciones respectivas.
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sec.....