Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada en fecha 22 de julio de 2008, por el abogado Luís Carlos Malavé Esáa, en su carácter de apoderado judicial de la firma mercantil LOMAS COUNTRY CLUB C.A., contra las medidas cautelares acordadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en los cuadernos separados signados con las nomenclaturas KH01-X-2008-000044 y KH01-X-2008000045, del asunto principal N° KP02-V-2004-000711, relativo al juicio de nulidad de partición, interpuesto por el abogado Elías Igor Valera Vásquez, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos Cira Teresa Vásquez Colina, María Auxiliadora Vásquez, contra la empresa Lomas Country Club C.A y el ciudadano José Niculás Mendez. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.