En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ordena culminar la suspensión dictada por este Tribunal en fecha 27 de junio de 2011 y continuar con el procedimiento en la fase en que se encontraba para el momento de la suspensión.-
A los fines se salvaguardar el derecho a la defensa de las partes, se ordena su notificación a los fines de informarle que la causa se reanudara al tercer (3er) día de despacho siguiente a que conste en autos la última de las notificaciones, al estado que se encontraba para el momento que fue suspendida la causa. Líbrese boletas de notificaciones.-