DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención formulada por la ciudadana LUISA ADRIANA MONTES PIEDRA en nombre de la adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley contra el ciudadano OSCAR MARIA PEREZ FERNANDEZ. En consecuencia el demandado cancelará por concepto de obligación de manutención, la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 500,00) mensuales y en los meses de agosto y diciembre la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 1.500,00). El dinero por estos conceptos deberá ser descontados del salario que devenga el demandado por cuanto habita en el estado Cojedes, muy distante del domicilio de la madre y de l.....