se practico medida de secuestro de inmueble constituido por un espacio fisico, para la explotacion de un cafetin, ubicado en el recito de la universidad de carabobo, facultad de ciencias y tecnoligia, escuesla de quimica, municipio naguanagua del estado carabobo y medida de embargo preventivo sobre bienes muebles. la parte demandada asisitida de abogado solicito la suspensión de la medida, lo que el tribunal consideró inprocedente por no tener competencia las medidas ejecutadas. se materializaron las medidas practicadas; los bienes embargados fueron entregados a la depositaria para el traslado de los mismos a su sede y el inmueble secuestrado se dejó bajo la guarda y custodia de la parte actora.