este Tribunal Primero de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 y 52 del Código Penal y artículo 2 de la Ley de Régimen Penitenciario, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Acuerda Conmutar la Pena, que le falta cumplir al penado VIRGILIO RAMON FERRER GUZMAN, venezolano, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio: Indefinida, titular de la Cédula de Identidad N° 17.406.825,