este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, al xxxxxxxxxxxxa quien se le iniciara causa por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD , previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con lo previsto en el artículo 548 de la LOPNNA. Se otorga la libertad del imputado de autos, desde la misma Sala de audiencias. Líbrese boleta de libertad, adjunta a oficio y líbrese oficio al Centro de Prisión Preventiva Cumana. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, para que se continúe la investigación, conforme al procedimiento ordinario. La presente decisión, tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557, 582 y 628 .....