Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara PRIMERO: CON LUGAR, la regulación de competencia incoada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA MARTINEZ MONTES, contra la decisión de fecha 18 de septiembre de 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciòn y Ejecución del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en consecuencia se revoca dicho fallo. SEGUNDO: Se declara competente para la tramitación del presente procedimiento de Régimen de Convivencia Familiar, al Tribunal que por distribución le corresponda, de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En.....