or todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin lugar la pretensión por Daños y Perjuicios, intentada por el ciudadano Abel Eduardo Delgado Rodríguez, contra la ciudadana Aneudis Arlette Farias Álvarez; y con lugar la reconvención interpuesta por la ciudadana Aneudis Arlette Farias Álvarez, contra el ciudadano Abel Eduardo Delgado Rodríguez, se condena en costas a la parte perdidosa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.