DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JULIO CÉSAR ZAMBRANO CONTRERAS en representación de la parte actora en contra del auto de fecha 06 de agosto de 2010 en el juicio de NULIDAD DE CONTRATO intentado por el ciudadano PEDRO MANUEL CALLES en contra la SOCIEDAD MERCANTIL INSEM, INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS S.A., SEGUROS AVILA, BANCO DE VENEZUELA, INVERSIONES DUNAMIS, C.A, INVERSIONES LU2, C.A., INVER-ORI, C.A., ciudadanos ANTONIO MARÍA PINEDA Y ROSSANA ASUNTA LEMMO DE PINEDA.
Queda así REVOCADO el auto apelado.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.