"...Este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia Nº 12-1163 de fecha 02/06/2015 emanada de la Sala Constitucional (Carácter Vinculante), interpuesta por los ciudadanos Gustavo Vielma Araujo y Teresa Zenaida Ramírez Arellano, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante la el Registro Civil de la Parroquia Sucre, del Municipio Bolivariano Libertador del distrito Capital, en fecha 15 de octubre de 1993, según acta nº 561. Así se decide. ..."