ESTE TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 03, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:
PRIMERO: Por mayoría simple y con el voto salvado del juez profesional se declara la no culpabilidad del ciudadano DEIVI JOSE CASTILLO titular de la cedula de identidad Nº 17.133.062 (NO PORTA), de 26 años de edad, fecha de nacimiento 21-04-183, trabajaba en una juguetería, grado de instrucción 4to año de Bachillerato, hijo de Maria Magdanela Castillo y Joaquin Mateus, residenciado en la calle 48 sector EISLARA, casa S/Nº, detrás del centro de rehabilitación Eislara, Barquisimeto, Estado Lara, Teléfono: 0414.5158669, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º del Código Penal, por considerar que están dados los supuestos establecidos en el articulo 65 del Código Penal de la legitima def.....