Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN en el proceso de Liquidación de Sociedad de Comercio, intentado por el ciudadano SIMON LEAL, cédula de identidad V-4.867.709, de este domicilio, contra los ciudadanos JUAN JOSE HERNANDEZ TORO y CARLOS CORONEL RIERA, cédulas de identidad Nro. V- 14.461.527 y V-12.035.423.