III
DISPOSITIVO
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana ZOILA RAFAELA GARCIA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.426.554 debidamente asistida por la abogada YANILDE DENISSE MUÑOZ AMPIEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 156.220, contra el ciudadano JOSE LAROSA CASTILLO ARRIECHE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.745.454. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vinculo matrimonial contraído en fecha veintiocho (28) de julio de año 2010 .....