En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley se declara incompetente para el conocimiento de la pretensión por Daños y Perjuicios, intentada por la Sociedad mercantil HOME CARE C.A,contra la AGENCIA MARITIMA MUNDO MAR C.A, y la NAVIERA MEDITERRANEAN SHIPING DE VENEZUELA S.A, antes identificadas, en consecuencia, declina la competencia en el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, y ordena la remisión del expediente al Tribunal Distribuidor en la oportunidad correspondiente.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto .....