Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana GLORIA DEL CARMEN GOMEZ GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.509.518, con citación de su conyugue el ciudadano JOSE RAMON GRATEROL PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.253.420. Fundamentado en la Sentencia Vinculante Nº 1.070 de fecha 09-12-2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: En consecuencia, conforme al artículo 184 del Código Civil, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos, GLORIA DEL CARMEN GOMEZ GIL y JOSE RAMON GRATEROL PEREZ en fecha .....