En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por ACCIDENTE DE TRABAJO incoara el ciudadano RODOLFO AUGUSTO LOPEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 8.846.327, representado por el abogado JAIME TORTOLERO Y JUAN JOSE RODRIGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 61.498 y 61.203 respectivamente, contra la empresa, PROAGRO C.A ,