Por las razones expuestas, este Juzgado Superior, actuando en la competencia constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta y en consecuencia Se ordena dar cumplimiento a la Providencia Administrativa N° 145/2009, dictada el 28 de julio 2009, por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy por la cual se ordenó el reenganche y pago de salarios caídos de la parte accionante, a saber la ciudadana ERIKA YANETH MONTILLA RODRIGUEZ, cédula de identidad V-13.696.246.
2.- Se otorga un lapso de diez días hábiles para que el accionado de autos, a saber la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Yaracuy de cumplimiento al contenido de la presente decisión.