"...en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada con motivo del recurso contencioso administrativo de nulidad presentado en fecha 01/03/2011, por CONSORCIO GHELLA, constituido mediante documento consorcial autenticado por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Autónomo Chacao del Distrito Metropolitano de caracas, de fecha 28/08/2001, bajo el No. 6, tomo 107, de los Libros de Autenticaciones, en contra de la Providencia Administrativa de fecha 06/12/2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo César "Pipo" Arteaga de los Municipios Autónomos Naguanagua, San Diego y Valencia, Parroquias San José, San Blas, Catedral y Rafael Urdaneta del Estado Carabobo, en expediente No. 080-2010-01-02538, que declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano WILMER EDIESON ACEVEDO RAYA..."