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Decisiones del dia 24/03/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
Paginas 1 [Total de sentencias: 6] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-V-2010-653 N° Sentencia : 527 Fecha: 24/03/2011
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
PARTE ACTORA: CARMEN TERESA LOZADA RIVERO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. 3.861.133.-
Resumen:
DISPOSITIVA: En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana: CARMEN TERESA LOZADA RIVERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 3.861.133, representada por los abogados. MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, JOSE ANTONIO ANZOLA CRESPO, JUAN CARLOS RODRIGUEZ SALAZAR y JOSE NAYIB ABRAHAM ANZOLA, inscritos en el I. P. S. A., abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos bajo los Nros 31267, 29566, 80.185 y 131.343, respectivamente, por DESALOJO, en contra de la ciudadana: GLORIA ZULAY SOLER SOLER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 6.016.965. En consecuencia, se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora, libre de personas y cosas, el inmueble constituido por un apartamento, ubicado en el.....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-V-2009-3958 N° Sentencia : 529 Fecha: 24/03/2011
Procedimiento:
Accion Mero Declarativa
Partes:
DEMANDANTE: CARLOS ALBERTO JIMENEZ NAVA, MAYOR DE EDAD, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. 12.534.920, ASISTIDO POR EL ABG. ALBERTO YAGUAS, INSCRITO EN EL I.P.S.A BAJO EL NO. 12.534.920.
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá darse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte. Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines .....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-T-2009-46 N° Sentencia : 528 Fecha: 24/03/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: PEDRO PABLO MUJICA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. V-8.696.248, ASISTIDO POR LA ABG. CARMEN ALICIA LOPEZ, INSCRITO EN EL I.P.S.A BAJO EL NO. 92.486.
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá darse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte. Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines .....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2009-326 N° Sentencia : 526 Fecha: 24/03/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: RAMON MIGUEL ARMAS ENCINOZA. DEMANDADO: JOSE ERNESTO FIGUEROA
Resumen:
La inactividad del Juez despues de vista causa, no producirá la perencion (subrayado nuestro). El fundamento del Instituto de la perencion de la instancia reside en dos distintos motivos de un lado, la presunta intencion de las partes de abandonar el proceso, que se muestra en la omision de todo acto de impulso (elemento subjetivo) y de otro, el interes de publico d evitar la dependencia indefinitida de los procesos para ahorrar a los jueces deberes de cargos innecesarios . Despues de un periodo de inactivaidad procesal prolongado , el estado entiende liberado a sus propio organos de la necesidad de proveer las demandas y de todas las actividades de la existencia de una relacion procesal. Doctrina acogida por este Tribunal de conformidad con lo idspuesto en el articulo 321 del Codigo Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
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N° Expediente : KP02-M-2009-253 N° Sentencia : 531 Fecha: 24/03/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: JESUS MOLINARES HERRERA Y/O JESUS JIMENEZ PERAZA, DE ESTE DOMICILIO
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá darse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte. Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines .....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2010-1547 N° Sentencia : 530 Fecha: 24/03/2011
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: ANTONIO JOSE ROBLES Y EUNICES DEL CARMEN ROBLES BREUKER, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NOS. V.-370.073 Y V-11.880.446, RESPECTIVAMENTE, PROCEDIENDO EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE Y ADMINISTRADORA RESPECTIVAMENTE DE LA SOCIEDAD MERCANTIL SERVICIO AUTOMOTRIZ COLISION CAR"S, C.A.
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá darse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención. Désele salida. La presente Sentencia quedara definitivamente firme, una vez conste en autos la notificación de la parte. Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines .....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
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