Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, interpuesta por el ciudadano JORGE LUIS ELIZONDO, argentina, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.416.130, asistido por los abogados GIAN CARLOS BENNASSAR RAMOS Y SONIA ALEJANDRA PINTO MAYORA, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nº174.790 y N°61.455 respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde fecha diez (10) de Marzo de 1999, cuando contrajeron matrimonio ante el Registro Civil de la Parroquia San Jose Municipio Valencia del Estado Carabobo. Así se Decide.