En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos WUENDY CAROLINA CARMEZA ISEA y ROBINSON JOSÉ BARRETO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.162.542 y V-11.350.493, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio DAVID JESÚS SALCEDO SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 194.628; a tenor de lo dispuesto en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha.....