este Tribunal hace entrega de los bienes anteriormente señalados al Arrendatario, antes mencionado, en calidad de Guarda y Custodia. Se deja constancia que el Tribunal estuvo custodiado por Funcionarios Policiales adscritos a la Comisaría N° 60 del Tocuyo, los ciudadanos: DISTINGUIDO JOSÉ DORANTE, titular de la cédula de identidad N° V- 14.809.177 y CABO 1ERO ALCIDES JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 5.435.707. El Tribunal deja constancia de que notificó al Arrendatario del Embargo del Canon de Arrendamiento y que el mismo a partir de este momento debe ser Depositado en una Cuenta Bancaria que le indique el Tribunal de la Causa, en la oportunidad que le corresponda el pago. Es todo, se Terminó y se Leyó a las Once y Treinta (11:30) Minutos de la Mañana y conformes firman: PARTE ACTORA: YANNY XIOMARA ORELLANA FIGUEREDO (FDO) FIRMA ILEGIBLE, ABG. NIEVES RODRIGUEZ (FDO) FIRMA ILEGIBLE; PARTE NOTIFICADA: ALCIDES PASTOR LINARES ESCALONA (FDO) FIRMA ILEGIBLE; PERITO AVALUADOR:.....